El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que faciliten a las personas extranjeras extracomunitarias en situación de vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para su reintegración, viable y sostenible. Existen tres tipos de proyectos distintos, que podrán estar cofinanciados por el Fondo FAMI , en las condiciones y con los requisitos que se recogen en la presente Resolución de Convocatoria:
La gestión de estos proyectos está encomendada a organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales especializadas en la atención de inmigrantes.
Podrán ser participantes de los tres proyectos las personas nacionales de terceros países (es decir, toda persona que no sea ciudadana de la Unión en el sentido del artículo 20, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) que se encuentren en cualesquiera de estas categorías:
Asimismo, no deberán estar incursas en ninguno de los supuestos de prohibición de salida de España previstos en la legislación de ni en ninguna de las siguientes situaciones:
Dependiendo del proyecto de retorno del que se trate, las personas destinatarias de los proyectos deberán cumplir distintos requisitos:
Además, en todos los proyectos, las personas beneficiarias deberán:
Las prestaciones que se conceden, con carácter general, son las siguientes: información y orientación, apoyo psicológico, billete de retorno internacional a su país de procedencia desde su lugar de residencia; ayuda económica de viaje y gestión de una ayuda económica para la primera instalación. También se contemplan gastos imprevistos de medicamentos y pago de gastos de acompañamiento necesario en caso de enfermedad, incapacidad u otra circunstancia invalidante. Además, en el caso del retorno voluntario productivo, se presta asesoramiento, orientación y valoración inicial del proyecto de negocio, su viabilidad y sostenibilidad; capacitación en la elaboración del proyecto, seguimiento del mismo y una ayuda económica por proyecto.
Las entidades, organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 de junio :
Los proyectos se podrán ejecutar desde el 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2022.
Orden ESS/1423/2012 de 29 junio , por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal. (BOE 30/6/2012).