Modificación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia a residencia, residencia con excepción, residencia y trabajo como investigación o profesional altamente cualificado.
* El contenido de esta página es meramente orientativo. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.
Última actualización: enero de 2016
Índice de contenidos
TIPO DE AUTORIZACIÓN
Los titulares de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena o propia podrán modificar la autorización y obtener autorización de residencia temporal no lucrativa, residencia temporal con excepción a la autorización de trabajo, residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia, para investigación o de altamente cualificados.
NORMATIVA BÁSICA
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículos 36, 37 y 38).
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 203).
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REQUISITOS
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Ser titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia y haberse renovado la autorización inicial o solicitar la modificación en el momento de la renovación.
Excepcionalmente, se podrá solicitar la mutación durante la vigencia de la autorización inicial sin que haya llegado el momento de la renovación cuando se acredite necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia, como el hecho de que, por causas ajenas a su voluntad, hubiera cesado la actividad por cuenta propia o se hubiera interrumpido la relación laboral por cuenta ajena.
- Si es titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena deberá haber realizado actividad por un periodo mínimo de tres meses. Si es titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia deberá haber cumplido las obligaciones tributarias y de Seguridad Social de la actividad por cuenta propia.
- Reunir los requisitos generales, con excepción de la aplicación de la situación nacional de empleo, para la obtención de la autorización:
- Para obtener información sobre los requisitos para obtener autorización de residencia no lucrativa consultar la hoja informativa Nº 10.
- Para obtener información sobre los requisitos para obtener autorización de residencia con excepción a la autorización de trabajo consultar la hoja informativa Nº 33.
- Para obtener información sobre los requisitos para obtener autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena consultar la hoja informativa Nº 17.
- Para obtener información sobre los requisitos para obtener autorización de residencia y trabajo por cuenta propia consultar la hoja informativa Nº 29.
- Para obtener información sobre los requisitos para obtener autorización de residencia y trabajo para investigadores consultar la hoja informativa Nº 19.
- Para obtener información sobre los requisitos para obtener autorización de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados consultar la hoja informativa Nº 22.
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DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa.
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PROCEDIMIENTO
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